Una medicina satanizada por la ignorancia y los conflictos de intereses. Aquí todo lo que se necesita saber para comprender al Cannabis.
Hojas de planta de cannabis (Fotografía: Semana)
Escribe: Nicole Alva Rossenouff
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En los últimos años escuchar hablar de la marihuana o la cannabis, el termino correcto para referirse a la planta, se ha vuelto bastante común. Incluso, en febrero de este año por fin se dio la ley que regula el uso medicinal del mismo. A pesar de ello, aun existen personas que creen que esta no tienen ninguna propiedad curativa, que es adictiva y puede causar la muerte. Asimismo, muy pocos conocen la historia milenaria de la cannabis. Estos aspectos son esenciales para entender la lucha que ha llevado años y que no parara a pesar de la existencia de una ley.
HISTORIA:
(Infografía: Nicole Alva)
LOS COMPONENTES DE LA CANNABIS
El Cáñamo es una planta que cuenta con 104 componentes o propiedades que se encuentran divididos en tres grupos: Los Terpenos, son los encargados de darle un aroma a la hierba ; Los Flavonoides, son los que protegen a la planta del sol y le dan el color a las flores para atraer a los insectos para la polinización ;y Los Fitocannabinoides, los cuales son los más estudiados hasta la actualidad. Según explica Luisa Ospina, bióloga colombiana especializada en el uso de plantas con fines médicos, todos los grupos tienen efectos medicinales; sin embargo, debido a la falta de investigación no se usan como tal y se dejan olvidados. Para ella es necesario que todos los componentes se encuentren presentes, en diversas cantidades, para tener un efecto global.
Los cannabinoides y su funcionamiento en el cuerpo (Infografía: Kalapa Clinic)
El Doctor Peter Gamez, médico que se ha encargado de tratar pacientes con cannabis medicinal en los últimos años, argumenta que los componentes del cannabis trabajan en conjunto bloqueando efectos indeseados. Estos funcionan bien en el organismo no solo por las propiedades que posee sino, también, por el sistema endocannabinoide que es el encargado de regular el sistema homeostático, el cual potencia y frena respuestas. ” Lo único que hace el cannabis es emular unas moléculas llamadas anandamida y dosage. Estas moléculas actuar sobre el sistema endocanabinoide y lo que produce es una regulación de todo esto. De esta forma el cannabis actúa sobre este sistema que ya existe solo que de manera más potente. ”
Las propiedades más conocidas del cannabis y empleadas con fines médicos son el THC y el CBD. El primero, ayuda a reducir vómitos y náuseas, calma el dolor, estimula el apetito y controlar los espasmos musculares. El segundo, es antibacterial, inhibe el crecimiento de las células cancerígenas, es neuroprotector, promueve el crecimiento de huesos, trata la psoriasis, reduce las convulsiones, los niveles de azúcar en la sangre, las inflamaciones, los bloqueos arteriales, las contracciones, los dolores, vómitos, náuseas, ansiedad, etc. Dichos componentes pueden emplearse por separados o conjunto, en mayor o menor nivel de concentración y para los diversos momentos del día. La combinación de ambos componentes puede tener efectos óptimos en el paciente. Asimismo, según explica el especialista en medicina, el CBD tiene una gran reacción siendo 30 a 60 veces más fuerte que la Hidrocortisona, un corticoide muy potente
¡LA LEY!
Representantes de los diversos colectivos que conforman la Federación de Cannabis Medicinal- Perú (Fotografía: Ned Kent)
Tras varios meses de espera por fin se publicó la versión final de la Ley 30681 que regula el uso del cannabis medicinal. Es necesario entender lo que esta estipula para poder comprender porque hay personas y colectivos que aun luchan por una mejora de esta.
La ley indica que el uso del cannabis y sus derivados es únicamente con un fin medicinal y terapéutico. Asimismo, que para poder acceder a ella se debe hacer un registro previo en donde debe haber un medico que lo prescriba, debe especificarse la enfermedad, la dosis y la frecuencia del tratamiento. Por otro lado, entidades que quieran investigar, producir, importar o comercializar también deben registrarse y contar con las licencias respectivas.
Lo estipulado por la ley no permite ni el cultivo ni el cultivo asociativo. Es decir que no se puede tener ni semillas ni plantas puesto que se le dará una pena privativa de la libertad de entre 8 a 15 años.
A diferencia del primer reglamento de Ley que se publicó a finales del 2018, aquí no se especifica nada sobre el consumo combustionado ni fumado de la planta, tampoco indican que se debe hacer con los derivados no empleados en la producción medicinal y el punto mas importante fue que eliminaron el 0.5% de componente máximo de THC o CBD que era una burla para muchos de los pacientes puesto que es era una dosis extremadamente baja.