Argentina debate hoy la legalización del aborto luego de largos años de lucha de diversos movimientos de mujeres. ¿Sabemos cuál es exactamente la situación del aborto en el Perú?
Redacción: Gloria Purizaca
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El marzo pasado se realizó en Perú la «Marcha por la Vida» con el fin de llamar la atención de la sociedad en torno a un tema altamente sensible como el aborto. Durante la jornada «Pro Vida» un grupo de activistas feministas se manifestó también solicitando la despenalización del aborto en el Perú.
«El aborto terapéutico es legal en Perú desde 1924», afirma Maria Ysabel Cedano, Directora General de la organización feminista DEMUS. El aborto terapéutico es aquel que se puede solicitar en hospitales y clínicas del país cuando hay una amenaza y daño permanente a la salud de la mujer, tanto física como mental.
La causal salud es muy importante según Cedano, pues puede permitir «toda aquella situación en la que las mujeres no necesariamente están en peligro de muerte pero que, si continúan con sus embarazos, quedarán dañadas emocionalmente», como en el caso de embarazos de fetos anencefálicos o embarazos productos de una violación sexual.
Diversos estudios de acceso al servicio de aborto terapéutico en el Perú indican que uno de los factores por los que las mujeres no abortan en los centros de salud es por la objeción de conciencia por parte del personal, que es contrario a los Derechos Humanos de las víctimas.
Caso K.L.
Un caso conocido, contado en la publicación «Mi cuerpo es mío» de DEMUS, fue el de K.L. en el 2001. Esta mujer peruana quedó embarazada a los 17 años de un feto anencefálico y le negaron el aborto terapéutico cuando ya se sabía que este nacería con ausencia parcial o total del cerebro y moriría irreparablemente a las horas o días de nacer.
En julio de ese año, K.L. llegó con su madre al Hospital Arzobispo Loayza para realizar el aborto, 15 días después de haber tomado la decisión. Sin embargo, antes de ser internada, el doctor recién le informó que debía solicitar la autorización al director del hospital. Cinco días después, Maximiliano Cárdenas Díaz, Director del nosocomio, envió un escrito en el que sostenía que no se podía realizar el aborto porque «violaba el Código Penal»:
“El aborto es reprimido con pena privativa de la libertad no mayor de tres meses cuando es probable
que el ser en formación conlleve al nacimiento graves taras físicas o psíquicas y conforme al
artículo 119 solo el aborto terapéutico está permitido cuando la suspensión del embarazo es el único
medio para salvar la vida de la gestante o para evitar en su salud un mal permanente”
Un mes después, el caso de K.L fue difundido en medios de comunicación, en los cuales se denunciaba la negativa por parte de los médicos para atender a la joven cuyo embarazo ponía en riesgo su salud.
A pesar del diagnóstico de un cuadro de depresión, K.L. dio a luz a una niña anencefálica. Cuatro días después, su hija falleció. El periodo de luto fue intenso y doloroso para K.L.
«Sueño superficial, despertar de madrugada, escaso apetito, tendencia a estar meditabunda. Estaba confundida respecto al futuro y se sentía sola, (…) sentimientos de culpa respecto al bebé, de haberse embarazado, y de haber salido de su casa, sentimientos de fracaso, dependencia emocional de la pareja, pensamientos de muerte», fue el diagnóstico de Martha Rondón, médica psiquiatra, luego del tormentoso proceso que esta mujer tuvo que vivir.
El 13 de noviembre del 2002 se presenta una denuncia al Comité de Derechos Humanos en Ginebra por no aplicar el aborto terapéutico a K.L., quién decidió seguir el caso desde España, pues necesitaba comenzar su vida desde cero. Finalmente, en el 2005, sale el dictamen que determina que el Estado peruano «tiene la obligación de adoptar medidas para evitar que se cometan violaciones semejantes en el futuro, proporcionar a K.L. un recurso efectivo que incluya una indemnización y la publicación del fallo en el diario oficial El Peruano».
Sin embargo, recién en el 2015, 10 años después, esta mujer consiguió justicia: el magistrado del 9° Juzgado Constitucional de Lima declara fundada la demanda de K.L. y reconoce la indemnización que se le debía otorgar.
Esta fue la primera vez que los comités encargados de vigilar tratados internacionales de derechos humanos responsabilizaron a un país por violarlos al no brindar el servicio de aborto. Asimismo, a raíz de este caso, se elaboró un protocolo del aborto terapéutico legal, 12 años después de lo sucedido a K.L.
«Déjala Decidir» y nueva propuesta
Con la batalla de K.L. ganada, diversos colectivos feministas deciden presentar el proyecto de ley «Déjala Decidir» en el 2014. Este proponía la despenalización del aborto en casos de violación sexual, inseminación artificial o transferencia de óvulos no consentida. Sin embargo, se mantuvo sin debatir en la Comisión de Justicia y Constitución. Finalmente, en el 2015, este proyecto fue archivado con 4 votos a favor y 6 en contra.
A pesar del archivamiento, en el 2016 se presentó el Proyecto de ley N° 387/2016-CR, el cual está impulsado principalmente por Indira Huilca, Marisa Glave y Alberto de Belaúnde. Este proyecto propone modificar el artículo 119 del Código Penal con el fin que la mujer embarazada pueda interrumpir su embarazo no sólo en casos de violación, inseminación artificial o transferencia de óvulos no consentida, sino también en caso el feto tenga malformaciones incompatibles con la vida.
Py de Ley Nº387- Despenalización del aborto by Indira Huilca on Scribd
Sin embargo, este proyecto de ley no ha sido materia de un debate congresal ni público desde que fue propuesto por los diferentes despachos de bancadas congresales. «Se ha solicitado a la Comisión de Justicia y a la Comisión de la Mujer opiniones técnicas como establece el proceso legislativo», comenta Maria Ysabel Cedano, sin embargo «el Ministerio de la Mujer aún no ha remitido su opinión técnica», añade.
Así como estos proyectos, el tema del aborto no siempre está sobre la mesa, sino que este se debate luego de largos periodos. Aquí una breve línea de tiempo de la situación del aborto en el Perú.
Legalización y despenalización del aborto, ¿es lo mismo?
«Se habla de despenalizar cuando se propone retirar del código penal el aborto como delito y la pena», comenta la Directora General de DEMUS. «Cuando se propone legalizar se habla de un cumplimiento de obligaciones, de prevenir el aborto y atenderlo, porque no basta con despenalizar», afirma Cedano. «Se habla de que el Estado también garantice que todas las mujeres puedan acceder a un aborto seguro», sobre todo a aquellas mujeres de escasos recursos, pues las mujeres deberían poder acceder al aborto terapéutico en los establecimientos públicos de salud competentes para ello.
«Hay que respetar la vida de todos los peruanos empezando por los más indefensos. El Perú mayoritario defiende la vida del concebido. Toda vida vale», dice en el Manifiesto por la Vida, la Familia y los Valores del Perú que realizaron los colectivos organizadores de la «Marcha por la Vida».
En Perú se registran al día alrededor de 70 violaciones sexuales. Sólo en el 2017 se registraron 25 068 denuncias de abuso sexual, de las cuales el 76% de las víctimas era menores de edad según el Observatorio de Criminalidad del Ministerio Público. ¿Es justo que estas mujeres y niñas no puedan decidir si quieren ser madres o no? ¿Quiénes somos nosotros para decidir en sus cuerpos?