Con la diseminación de la Covid-19, nuestro estilo de vida ha cambiado: el uso de mascarillas, el distanciamiento y ahora la inoculación de una vacuna para evitar su propagación.
Escribe: Lucia Capuñay
Hasta el 1 de abril del 2022, el 45,3% de la población general recibieron su tercera dosis ya que, a partir de ese día, peruanos que no cuenten con la tercera dosis están restringidos de ingresar a cualquier local público o privado bajo el Decreto Supremo N° 168-2021-PCM
Sin embargo, hasta el 9 de enero del 2022 7,8% de limeños no tienen ninguna vacuna contra el COVID-19 según el reporte del Repositorio Único Nacional de Información en Salud (Reunis) del Ministerio de Salud (Minsa). Por lo que ese 7,8% de limeños serán restringidos al acceso a lugares públicos y privados.
Pero, ¿Qué tan admitido es este Decreto Supremo? El congresista de la bancada de Renovación Popular, Alejandro Muñante, mencionó que dicho Decreto Supremo restringe otros derechos constitucionales: la libertad de conciencia y la de religión, el de desarrollo y bienestar, el derecho al trabajo y la libertad de contrato.
No obstante, el abogado Miguel Ángel Capuñay, en una entrevista para Punto Seguido, mencionó que nos encontramos en un contexto excepcional que no solo es asunto del país, sino mundial por lo cual las medidas de proteger la salud de los ciudadanos son excepcionales y deben primar. Así mismo, reafirmó que estos dos grupos opuestos – los vacunados y no vacunados – generarán conflictos sociales.
Si desea saber ¿Cuáles son los conflictos sociales que circulan en el país, como consecuencia de estos dos grupos opuestos? Le invitamos a revisar el podcast de Punto Seguido.