Fotografía: Andina.pe
El Parlamento presentó la autógrafa de la ley que habilita a los aportantes y exaportantes a retirar hasta S/. 4,500 de sus fondos. El Ejecutivo tiene 15 días útiles para promulgar la norma u observarla.
Escribe: Daniel Arce Follow @PS_UPC
La Comisión de Economía del Congreso de la República aprobó un dictamen que permite a los aportantes del Sistema Nacional de Pensiones a retirar dinero como parte de sus contribuciones para acceder a una pensión. La autógrafa fue remitida al presidente Martín Vizcarra quien, por ley, cuenta con quince días hábiles para observarla o promulgarla.
El presidente del Consejo de Ministros enfatizó en observar la norma y plantear una nueva propuesta al Congreso. Voceros de distintas bancadas, así como el titular del Legislativo, Manuel Merino, reafirmaron su postura de insistir en la promulgación de la ley. Desde la cartera de Justicia y Derechos Humanos afirman que, si se aprueba la ley por insistencia, el Ejecutivo no tendría otra opción que presentar una demanda de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional. ¿Es constitucional esta iniciativa?
Punto Seguido recogió las declaraciones de Víctor García Toma, exmagistrado del Tribunal Constitucional, quien reconoció los diversos aspectos de la Carta Magna contra los que atentaría la promulgación de dicha iniciativa. “Los fondos de la Oficina de Normalización Previsional son intangibles y no están sujetos a modificación alguna salvo de los administradores del SNP, según el artículo 12 de la Constitución”, afirma el jurista.