Escribe: Camila Calderón, Daniela Coquis y Paolo Rojas
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El 30 de septiembre el Presidente Martín Vizcarra, haciendo uso de las atribuciones que le otorga la Constitución del Perú, disolvió el Congreso de la República por medio de un mensaje a la nación y convocó elecciones para enero del 2020.»He decidido disolver el Congreso y convocar a elecciones parlamentarias anticipadas”, señaló el mandatario.
Cabe recordar que el Parlamento se encontraba dominado mayoritariamente por la bancada de Fuerza Popular, los cual fue generando constantes tensiones entre el Poder Ejecutivo y Legislativo. Una pugna de poder que se inició con Pedro Pablo Kuczynski y que se fue agudizando cada vez más.
Sin embargo, surgieron muchas opiniones respecto a la decisión tomada por Vizcarra. Para algunos era una medida inconstitucional alegando que fue una denegación fáctica de la confianza, ya que el Presidente disolvió el Congreso antes de que el pleno emitiera su fallo, el cual fue a favor de la cuestión de confianza aplicada por el Premiere Salvador del Solar.
No obstante, el mandatario peruano recibió el respaldo de la población, quienes salieron a marchar y hacer plantones, incluso días después de la noticia. Con frases como ¨Sí se pudo¨ y ¨Que se vayan todos¨ los miles de peruanos se movilizaron no solo en las calles, sino también en las redes sociales, mostrando además su rechazo contra Fuerza Popular y el Apra.
La popularidad de Vizcarra se disparó tras la disolución del Congreso a 79%, según una encuesta realizada por Ipsos divulgada el domingo 13 de octubre. Solo un 16% de los encuestados desaprobó la medida tomada por el Presidente y un 5% decidió no opinar.
Más allá de lo cuestionable para algunos que pudo ser la disolución del Congreso, lo cierto es que Vizcarra tuvo el respaldo mayoritario, tanto de la gente como de los medios, tanto nacionales como internacionales.
No obstante, aún quedó la duda en el aire de si los congresistas disueltos podrían postularse nuevamente a los comicios del 2020. Ante esta duda, los especialistas señalan que si bien es cierto que en enero del 2019 se incorporó a la Constitución el artículo 90-A, el cual señala que los parlamentarios no pueden ser reelegidos para un nuevo periodo , de manera inmediata ni el mismo cargo; las elecciones del 2020 no cuenta como ¨un nuevo periodo¨.
El artículo 136 de la Constitución señala que las elecciones parlamentarias próximas son de carácter extraordinario y que los congresistas elegidos solo completarían el periodo existente. Por ello, el periodo 2020-2021 no contaría como uno nuevo. Esto quiere decir, que los parlamentarios disueltos si podrían ser candidatos en los comicios del año que viene.