Su prohibición en las pistas de Lima Metropolitana se tomó a raíz del homicidio ejecutado por un limpiaparabrisas extranjero. Ante la medida, le preguntamos al abogado laboralista, Jorge Toyama, en qué dimensión se verán afectados los trabajadores ambulantes.
Escribe: Marcelo Luna
Desde el 20 de abril rige la ordenanza donde se recalca la prohibición de los servicios de limpieza del parabrisas u otras partes del auto, en las calles y avenidas de la capital. El accionar presidido por el alcalde de Lima, Rafael López Aliaga, trajo cuestiones acerca de su funcionalidad, necesidad y beneficio. Jorge Toyama, abogado laboralista, se pronunció al respecto.
“Hay dos valores en juego: por un lado tienes la seguridad de la ciudadanía, y por otro lado, el interés de trabajar por parte de los limpiaparabrisas. A raíz de lo que pasó (homicidio) su trabajo empezó a ser muy cuestionado, pero al fin y al cabo, es un trabajo fugaz, instantáneo que les sirve para subsistir en el día a día”, comentó.
La decisión de una prohibición entró en cuestión a raíz de qué el pasado 7 de abril un limpiaparabrisas venezolano, identificado como José Alberto Jiron Holder, asesinara a un conductor en el Cercado de Lima por negarse a pagarle el servicio prestado. Ante ello, el Concejo Metropolitano de Lima, aprobó la ordenanza con la finalidad de salvaguardar la salud, integridad y seguridad de los conductores y pasajeros.
Para Toyama la decisión es inviable, ya que no se puede regular el control de los total de los limpiaparabrisas en la capital. Además, afirma que la actividad del limpiado de lunas continuará con normalidad en las calles, dado que el perfil del afectado no es de acatar órdenes.
“Es imposible cumplir la sanción porque se tendría que poner un policía en cada esquina que controle a los limpiaparabrisas. Estoy seguro de que sí ahora vamos a una calle de Surco, o cualquier otro distrito, vamos a encontrar limpiaparabrisas trabajando. No hay forma de controlarlo”, aseguró.
El abogado laboralista no comparte la medida del alcalde de Lima, ya que considera que la prohibición de trabajo es el último de los recursos y lo más fácil de hacer. “El trabajo de la Municipalidad de Lima no debe caer en la prohibición, porque es lo más fácil y además no funciona. La prohibición debe ser la última opción”.
A pesar de que la ordenanza rige sobre una actividad informal, Jorge Toyama califica la prohibición como inconstitucional. El abogado laboralista hizo hincapié en que en conflictos como estos, se debe priorizar la libertad de trabajo. “En mi opinión, es una medida inconstitucional, porque cuando se tiene dos bienes en conflicto, como la libertad de trabajo y la seguridad ciudadana, se debe optar la libertad de trabajo”.
OTRAS SALIDAS A TOMAR ANTES QUE LA PROHIBICIÓN
Ante la prohibición que rige tanto para el correcto limpiador de autos y para el delincuente disfrazado, Toyama asegura que hay medidas para formalizar esta labor, siendo una de ellas la carnetización. El abogado resaltó que estas formas no son fáciles de ejecutar, pero contribuyen con la finalidad que se tiene: controlar el ejercicio ambulatorio de limpieza de autos.
“La carnetización permite ejercer su actividad laboral sin problemas, por lo que no habría una lesión al trabajador, y se cumpliría la finalidad. Si hay uno que se comporta mal, la municipalidad tiene sus datos, y es más fácil controlarlo. Esto es una medida previa a una prohibición. Si no funciona, ahí ya se tendría que entrar a la prohibición, pero la prohibición debe ser la última opción”, sentenció.
Otra medida a tomar antes de la prohibición total del trabajo es la capacitación por parte del Ministerio de Trabajo, según Jorge Toyama. El abogado es firme en su posición al indicar que el Estado debe brindar ayuda a los limpiaparabrisas que se han quedado en el vacío. “El Estado debe capacitarlos a través del Ministerio de Trabajo en actividades que ellos puedan desempeñar. No se debe caer en la prohibición, el Estado debe darle opciones para que realicen otras actividades económicas distintas al lavado de autos”.
¿HAY SOLUCIÓN?
Desde el punto de vista legal, Toyama asegura que la prohibición puede ser apelada y falle a favor de los limpiaparabrisas, pero duda que sean ellos quienes inicien los trámites por falta de recursos económicos, logísticos y técnicos, por lo que espera que alguna organización u ONG tome la iniciativa. En esa misma línea, señala que de apelar, la resolución saldrá en un tiempo no menor a seis meses.
“Siempre cabe la posibilidad de que una entidad que defienda los derechos humanos pueda interponer un proceso judicial. Estoy seguro que de existir una, un juez va a amparar la demanda y va a declarar que la medidas es extrema y desproporcionada y va a decir que es una norma inconstitucional”, subrayó.
Por último, el abogado laboralista descartó que se pueda otorgar algún bono para los limpiadores callejeros, puesto que no están en una situación de pobreza extrema. Asimismo, asegura que de existir la posibilidad, no será de gran ayuda, porque el bono es temporal y es seguro que el dinero se gaste de una manera irresponsable, por lo que apela al Estado para llevar a cabo salidas efectivas y permanentes.