Tras las denuncias realizadas en contra de la ex primera dama, el ex presidente Ollanta Humala se manifestó ayer ante la Comisión de Fiscalización en el Congreso para negar que su esposa, Nadine Heredia, haya usurpado funciones durante su mandato.
Redacción: Lorely Requejo
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El legislador Mauricio Mulder afirmó que el ex mandatario nunca dio validez a sus afirmaciones con argumentos: «cuando uno le pedía un comentario sobre las declaraciones de (Daniel) Abugattás, que decía que en el gobierno hubo una supeditación a la señora Nadine Heredia, él decía simplemente que eso no es verdad. Nunca contraargumentaba frente a ninguno de los hechos», señaló el congresista de la bancada aprista al diario La República.
Asimismo, el presidente de la Comisión de Fiscalización, Héctor Berrecil, indicó al referido diario que el ex presidente respondió en la sesión con un libreto y el informe sobre la misma sería entregado a fines del mes de mayo. En anteriores declaraciones, sin embargo, Becerril afirmó que el informe estaría listo para este mes.
Tras salir de la sesión en la Comisión, el ex presidente reafirmó su posición ante la prensa. Sustentó que «para que haya usurpación tiene que haber un usurpado. En mi gobierno ningún ministro se ha sentido usurpado de sus funciones, empezando por el presidente de la República. Humala Tasso se defendió de esta forma y también a su esposa tras las denuncias por las cuales hoy se investiga a la ex primera dama. Las declaraciones del ex mandatario no convencieron a los legisladores presentes durante la sesión que se realizó en forma reservada.
Para recordar:
-En el mes de febrero, el titular de la Comisión de Fiscalización del Congreso declaró para diario El Comercio:
“En el tema de posible usurpación de funciones y otros posibles delitos estamos bastante adelantados. Considero que para quincena de abril ya estemos presentando el informe final”. A la fecha, la presentación del informe se estableció para finales del próximo mes.
-El Código Penal Peruano establece la usurpación de funciones como un delito. El artículo 361 señala:
«El que, sin título o nombramiento, usurpa una función pública, o la facultad de dar órdenes militares o policiales, o el que hallándose destituido, cesado, suspendido o subrogado de su cargo continúa ejerciéndolo, o el que ejerce funciones correspondientes a cargo diferente del que tiene, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de cuatro ni mayor de siete años, e inhabilitación de uno a dos años conforme al artículo 36, incisos 1 y 2».