Escribe: Camila Calderón
Follow @PS_UPC
Luis Carrasco Alarcón, presidente del Jurado Electoral Especial Lima Centro 1, manifestó que solo una de las 23 listas de candidatos presentadas para participar del proceso electoral, que se celebrará el próximo 26 de enero, consiguió su inscripción.
El partido que no generó observaciones por parte de los fiscalizadores es el Frente Agrícola del Perú (Frepap), fundado por Ezequiel Ataucusi.
«Solamente una lista ha sido admitida de las 23 presentadas; es decir, 22 fueron declaradas inadmisibles por diversas observaciones, las cuales deberán ser subsanadas en un plazo de dos días calendario», aseguró en TV Perú, el pasado 22 de noviembre.
Carrasco Alarcón aseveró que las observaciones incidieron en dos aspectos. El primero es el referido a la democracia interna para determinar la elección de los candidatos; así como la que se refiere a casos como de aquellos que aún integran la Comisión Permanente u ocupan cargos en diversas instituciones.
«En el caso del proceso de elección interna se regula, según la norma electoral, por medio de elección abierta o por medio de delegados. En tal sentido, el Jurado Nacional de Elecciones a través de una resolución estableció un cronograma con fechas determinadas», refirió.
En ese sentido, explicó que el ente electoral exhortó a los partidos políticos para que le den cumplimiento, por lo que ante las observaciones presentadas se ha visto que algunas elecciones «se realizaron fuera del cronograma», indicó Carrasco.
Asimismo develó que la candidatura de Antauro humala, en la lista de Unión por el Perú, se declaró improcedente debido a se encuentra cumpliendo sentencia por delito de homicidio calificado y secuestro hasta el 2 de enero del 2024 y que según la Ley Orgánica de Elecciones «no pueden ser candidatos a congresistas y parlamentarios andinos los condenados a pena privativa de libertad, efectiva o suspendida, con sentencia efectiva o ejecutoriada por delito doloso».
En tanto el Partido Morado cuenta con nueve candidatos que no cumplieron con los requisitos, entre los que se encuentran los excongresistas Alberto de Belaunde y Gino Costa.
«El efecto de la declaración de improcedencia afecta a estos candidatos que fueron elegidos por designación directa y no afecta a aquellos que pasaron por una elección interna; además se cuestiona el acta de esta designación», refirió.